En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el cumplimiento de requisitos formales para la admisibilidad del
También plantea de manera fundamentada la problemática relativa a la omisión de aclaración conforme los términos exigidos por el art. 124 del CPP, respecto a la determinación asumida por el Tribunal de alzada de imponer costas, pese a la existencia de una Sentencia mixta que la condena por un delito y la absuelve por otro, invocando al efecto los Autos Supremos 520 de 20 de septiembre de 2004, 667 de 16 de diciembre de 2010, 45/2012 de 14 de marzo, 49/2012 de 16 de marzo y 52/2012 de 16 de marzo y 31/2012 de 23 de marzo, relativos a la exigencia de fundamentación de las resoluciones judiciales; además, de efectuar un cuestionamiento de fondo a tal determinación que en su opinión vulnera el principio de igualdad.
En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el cumplimiento de requisitos formales para la admisibilidad del recurso de casación sometido al presente análisis, por lo cual deviene en admisible
En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el cumplimiento de requisitos formales para la admisibilidad del recurso de casación sometido al presente análisis, por lo cual deviene en admisible
- Por memorial presentado el 2 de octubre de 2012, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial que cursa de fs
- Sin embargo, la recurrente sostiene que al momento se tiene en el caso dos sentencias
- Por los mismos hechos anotados, la Sentencia vigente que no ha sido anulada por el
- El art
- En este contexto, el art
- a) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- b) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- c) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Por otra parte, el recurrente en el primer punto del recurso, esencialmente denuncia la existencia
- En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el cumplimiento de requisitos formales para la admisibilidad del
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
