Por los mismos hechos anotados, la Sentencia vigente que no ha sido anulada por el
Por los mismos hechos anotados, la Sentencia vigente que no ha sido anulada por el Juez de Sentencia pese a haber emitido luego otra, incurre en la causal del art. 370 inc. 6) del CPP, al basarse en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba, pues todos los hechos a los que se refiere en el apartado de prueba documental en la Sentencia, resultan inexistentes para el caso, pero además no han sido acreditados en el juicio al no haber sido introducidos al mismo, con lo cual se ha generado defectuosa valoración de la prueba
- Por memorial presentado el 2 de octubre de 2012, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial que cursa de fs
- Sin embargo, la recurrente sostiene que al momento se tiene en el caso dos sentencias
- Por los mismos hechos anotados, la Sentencia vigente que no ha sido anulada por el
- El art
- En este contexto, el art
- a) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- b) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- c) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Por otra parte, el recurrente en el primer punto del recurso, esencialmente denuncia la existencia
- En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el cumplimiento de requisitos formales para la admisibilidad del
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
