Del memorial que cursa de fs. 131 a 133 vta., se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 131 a 133 vta., se extraen los siguientes motivos:
Denuncia errónea aplicación de la Ley Sustantiva Penal y contradicción entre la parte considerativa y la dispositiva porque el Tribunal de apelación concluyó que adecuó su conducta al tipo penal de Despojo, declarando improcedente la apelación restringida que interpuso, sin considerar que la jurisprudencia constitucional establece que para la configuración del delito de Despojo deben concurrir dos supuestos: i) el derecho de propiedad debidamente demostrado y no cuestionado; y, ii) la evidencia no controvertida de que los demandados no están en posesión del bien inmueble sino que con acciones de hecho ocuparon la propiedad privada del demandante, estando obligado el querellante a acreditar su derecho de propiedad sobre el inmueble, titularidad que no debe estar cuestionada ni en litigio, además que la persona o personas a quienes se acusa de lesionar el derecho a la propiedad privada no deben tener legalmente constituido el derecho posesorio, sino que a través de actos de hecho hubieran despojado a sus verdaderos dueños
Del memorial que cursa de fs. 131 a 133 vta., se extraen los siguientes motivos:
Denuncia errónea aplicación de la Ley Sustantiva Penal y contradicción entre la parte considerativa y la dispositiva porque el Tribunal de apelación concluyó que adecuó su conducta al tipo penal de Despojo, declarando improcedente la apelación restringida que interpuso, sin considerar que la jurisprudencia constitucional establece que para la configuración del delito de Despojo deben concurrir dos supuestos: i) el derecho de propiedad debidamente demostrado y no cuestionado; y, ii) la evidencia no controvertida de que los demandados no están en posesión del bien inmueble sino que con acciones de hecho ocuparon la propiedad privada del demandante, estando obligado el querellante a acreditar su derecho de propiedad sobre el inmueble, titularidad que no debe estar cuestionada ni en litigio, además que la persona o personas a quienes se acusa de lesionar el derecho a la propiedad privada no deben tener legalmente constituido el derecho posesorio, sino que a través de actos de hecho hubieran despojado a sus verdaderos dueños
- Por memorial presentado el 23 de mayo de 2012, cursante a fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la imputada el 17 de mayo de 2012, conforme la diligencia cursante a
- Del memorial que cursa de fs. 131 a 133 vta., se extraen los siguientes motivos
- Señala errónea aplicación de la Ley Sustantiva Penal y valoración defectuosa de la prueba, porque
- Inobservancia del tercer párrafo del art
- Cita como precedentes contradictorios las SSCC 0944/2002-R, 0152/2001-R, 0489/2001-R, 1372/2001-R, 0217/2003-R, 1672/2005-R, 0723/2005-R, 0049/2007-R y
- El art
- En este contexto, el art
- a) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- b) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- c) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme se tiene señalado, el recurso de casación, condiciona su admisión al cumplimiento de los
- Con referencia al cumplimiento de los demás requisitos exigidos por los arts
- En ese marco, al interponerse el recurso de casación debe acompañarse la apelación restringida en
- En el acaso analizado, la recurrente interpone el recurso de casación contra el Auto de
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
