Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivo del mismo, el siguiente
Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Dante Omar Paredes Barrionuevo mediante memorial presentado el 8 de septiembre de 2008 (fs. 428 a 429), Interpuso Recurso de Casación contra el Auto de Vista precitado de acuerdo a los siguientes argumentos:
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de casación)
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivo del mismo, el siguiente:
I.- El Auto de Vista Nº 568/08 confirmó la Sentencia Nº 8/2008 de 3 de abril de 2008 pese a los defectos señalados, siendo los mismos insalvables por existir defectos de procedimiento al tenor del núm. 3) y 4) del art. 169 del Código de Procedimiento Penal por haberse violado los núm. 3), 4) y 11) del art. 370 de la Ley Nº 1970, asimismo señaló que existe contradicción con el Auto de Vista Nº 568/08 con el precedente contradictorio que invocó, que se trata del Auto de Vista Nº 326 de 11 de septiembre de 2003, la contradicción se encontraría en que a raíz de la Sentencia y el Auto de Vista pasaron por alto el art. 172 de la Ley Nº 1970 que señala: "Carecerán de toda eficacia los actos que vulneren derechos y garantías consagrados en la Constitución Política del Estado..... así como la prueba obtenida en virtud de información originada en un procedimiento o medio ilícito.....". Pues al haberse introducido al juicio la prueba de cargo consistente en un informe de Auditoría, codificado como MP-28, prueba principal que había sido conseguida en violación a sus derechos y garantías consagradas en la Constitución Política del Estado, poniéndole en estado de indefensión
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivo del mismo, el siguiente
- Del Precedente Contradictorio Invocado:En este Recurso de Casación se invocó como precedente contradictorio el Auto
- De la solicitud: Solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista 568 de 14
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- A) De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida
- B) De la contradicción del Precedente Contradictorio y el Auto de Vista recurrido
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora hágase, conocer el presente Auto Supremo a
- Libro Tomas de Razón 2/2012
