Auto Supremo AS/0371/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0371/2012

Fecha: 24-Oct-2012

CONSIDERANDO: Que el art


Para Cabanellas, Recurso de Revisión es: "el de carácter extraordinario que se da contra las sentencias definitivas o firmes dictadas sobre hechos falsos. Se trata de calmar la opinión popular exaltada en exceso con casos novelescos de errores judiciales, en verdad tan frecuentes...a favor de los reos; y en todo caso para afirmar la justicia, luego del autoreconocimiento de su falibilidad por los juzgadores, que no hace sino elevarlos" En realidad con el Recurso de Revisión se destruye la llamada santidad de la cosa juzgada, (que la ley proclama verdad, mientras no se prueba lo contrario con este recurso), ya que el mismo se da contra sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada pues de no ser definitiva, de caber algún otro recurso, ése ha de utilizarse primero.

CONSIDERANDO: Que el art. 421 del Código de Procedimiento Penal, textualmente norma "(PROCEDENCIA) Procederá el recurso de revisión de las sentencias condenatorias ejecutoriadas, en todo tiempo y a favor del condenado, en los siguientes casos: 1) Cuando los hechos tenidos como fundamento de la sentencia resulten incompatibles con los establecidos por otra sentencia penal ejecutoriada"