DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
Resolución que dio lugar al recurso de casación interpuesta por parte de la demandante Ohilda Ballesteros Flores por intermedio de su apoderado Flavio René Ballesteros Flores, que se analiza.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Que en sujeción a lo determinado por el art. 257 del Código de Procedimiento Civil interpondría recurso de casación en el fondo mencionado el art. 253 del Código de Procedimiento Civil, pidiendo se case totalmente el Auto de Vista 069/2012 y fallando en el fondo se "Revoque" el Auto Interlocutorio emitido por la Juez de Partido Segundo en lo Civil de fecha 14 de febrero de 2012, manteniéndose en consecuencia intangible la cosa juzgada que tuviera la Sentencia dictada en la causa
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Que en sujeción a lo determinado por el art. 257 del Código de Procedimiento Civil interpondría recurso de casación en el fondo mencionado el art. 253 del Código de Procedimiento Civil, pidiendo se case totalmente el Auto de Vista 069/2012 y fallando en el fondo se "Revoque" el Auto Interlocutorio emitido por la Juez de Partido Segundo en lo Civil de fecha 14 de febrero de 2012, manteniéndose en consecuencia intangible la cosa juzgada que tuviera la Sentencia dictada en la causa
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Recurrida la resolución mediante apelación por Ohilda Ballesteros Flores mediante su apoderado por memorial de
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Refiriendo a ese fin el cumplimiento de los requisitos exigidos para su procedencia, la presunta
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Corresponde además analizando el art
- Por las razones expuestas, no correspondía en el presente caso interponerse y menos concederse el
- Concluyendo entonces que este Tribunal Supremo no tiene abierta su competencia para resolver el recurso
- Apercibiéndose a los miembros del Tribunal Ad quem a fin de dar cumplimiento a lo
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- RELATOR: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani
