POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el artículo 42. I.1 de la Ley del Órgano Judicial No. 025 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 87-93 interpuesto por la parte demandada. Con costas
- Este fallo motivó el recurso de casación en la forma y el fondo, interpuesto por
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- CONSIDERANDO II: Que, conforme ha establecido la amplia jurisprudencia de este Tribunal Supremo de Justicia,
- Absolviendo el recurso en la forma
- Absolviendo el recurso en el fondo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante Mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
- Secretario de Cámara de Sala Social y Adm
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