Auto Supremo AS/0282/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0282/2012

Fecha: 07-Nov-2012

En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo

IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Conforme se tiene señalado, el recurso de casación, condiciona su admisión al cumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP; constituyendo uno de ellos, el plazo para su interposición y los demás, se refieren a la obligación de invocar el precedente contradictorio a tiempo de interponer la apelación restringida; asimismo, el recurso debe señalar la contradicción en términos claros y precisos, acompañando como única prueba copia del recurso de apelación restringida en el que se invocó el precedente.
Del cumplimiento de los señalados requisitos, depende que esta instancia declare admisible o inadmisible el recurso, situación que tiene trascendental importancia a objeto de que este Tribunal pueda confrontar sobre la base de criterios ciertos y objetivos, la veracidad o no de cada uno de los motivos que hacen al recurso de casación.
En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación, habida cuenta que fue notificado con el Auto de Vista impugnado, el 13 de septiembre de 2012, habiendo interpuesto el recurso de casación que es motivo de autos el 20 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de los cinco días que le otorga la ley