Auto Supremo AS/0428/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0428/2012

Fecha: 16-Nov-2012

CONSIDERANDOIV: (De los requisitos esenciales que viabilizan el recurso de casación)


Es así, que en esa labor de aplicación de la norma, la Corte Suprema de Justicia, mediante Auto Supremo 297-I de 14 de agosto de 2006, dictado por la Sala Penal Primera ha establecido, que el Recurso de Casación: "es un recurso de puro derecho que la Ley concede a los litigantes para invalidar una sentencia o un auto definitivo cuando en éste se hubiere infringido una Ley o para anular la resolución recurrida o un proceso, cuando se hubiere dictado o tramitado violando formas esenciales establecidas por Ley"

Derecho a recurrir o impugnar, que se encuentra tutelado en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en su art. 180-II, preceptúa: "Se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales" ; a su vez el art. 394 del Código de Procedimiento Penal, establece el derecho de recurrir, pero, bajo las reglas generales establecidas en el art. 396 del mismo cuerpo legal.

CONSIDERANDOIV: (De los requisitos esenciales que viabilizan el recurso de casación).- Que, de lo señalado precedentemente y en ese contexto, la Constitución Política del Estado en su art. 180-II, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que a su vez, es una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8-2 inc. h) de la Convención Americana de los Derechos Humanos y 14 num. 5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos ya citado; debiendo los sujetos procesales a tiempo de interponer los distintos Recursos, en este caso el Recurso de Casación, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la Ley conforme a las disposiciones contenidas en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal