Auto Supremo AS/0443/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0443/2012

Fecha: 16-Nov-2012

CONSIDERANDO: Conforme la previsión del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, procede el recurso

CONSIDERANDO: Conforme la previsión del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, procede el recurso de compulsa en los siguientes casos:
1) Por negativa indebida del recurso de apelación;
2) Por haberse concedido la apelación sólo en el efecto devolutivo, debiendo ser en el suspensivo; y
3) Por negativa indebida del recurso de casación