Auto Supremo AS/0460/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0460/2012

Fecha: 19-Nov-2012

A lo expuesto se debe agregar que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo

A lo expuesto se debe agregar que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 141 del Adjetivo Civil, los plazos transcurren ininterrumpidamente y sólo se suspenderán durante las vacaciones judiciales, pudiendo también declararse en suspenso por circunstancias de fuerza mayor que hicieren imposible la realización del acto pendiente