Concluye el memorial de recurso, al amparo del artículo 210 del Código Procesal del Trabajo,
Concluye el memorial de recurso, al amparo del artículo 210 del Código Procesal del Trabajo, los artículos 250, 253 y 255 del Código de Procedimiento Civil, planteando RECURSO DE CASACIÓN EN EL FONDO por incurrir en error de hecho al momento de apreciar las pruebas, ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, la cual valorara los hechos y las pruebas aportadas, dando la razón a la empresa y resolviendo por la ANULACIÓN DEL PROCESO
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y
- PRIMER PERIODO DE TRABAJO
- Indemnización por Tiempo de Servicio
- Vacación
- Aguinaldo
- TOTAL.................................................................................9.392 Bs
- Pago a cuenta:.......................................................................2.325 Bs
- SEGUNDO PERIODO DE TRABAJO
- LIQUIDACIÓN
- TOTAL (Segunda Liquidación)................................................ 13.534 Bs
- TOTAL (Primera Liquidación) ... ...............................................7.067 Bs
- En grado de apelación, incoado por el representante legal de la empresa demandada (fojas 50),
- Que, contra el referido Auto de Vista, la representante legal de la empresa demandada interpuso
- Concluye el memorial de recurso, al amparo del artículo 210 del Código Procesal del Trabajo,
- Previamente y antes de ingresar al análisis del proceso, se deja establecido que la empresa
- Que, la jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de Justicia, nos enseña, a través del
- Que, se reclama la acusación de falta de valoración de las pruebas presentadas por la
- Que, de lo enunciado se llega a la conclusión que la empresa recurrente al no
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. María Arminda Ríos García
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
