En grado de apelación, incoado por el representante legal de la empresa demandada (fojas 50),
TOTAL: ............................................................................ 20.601 Bs.
En grado de apelación, incoado por el representante legal de la empresa demandada (fojas 50), por Auto de Vista No. 257/2008 de 18 de agosto de 2008 (fojas 56 a 57), la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, CONFIRMÓ la Sentencia apelada de 24 de Junio de 2006, con costas en ambas instancias
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y
- PRIMER PERIODO DE TRABAJO
- Indemnización por Tiempo de Servicio
- Vacación
- Aguinaldo
- TOTAL.................................................................................9.392 Bs
- Pago a cuenta:.......................................................................2.325 Bs
- SEGUNDO PERIODO DE TRABAJO
- LIQUIDACIÓN
- TOTAL (Segunda Liquidación)................................................ 13.534 Bs
- TOTAL (Primera Liquidación) ... ...............................................7.067 Bs
- En grado de apelación, incoado por el representante legal de la empresa demandada (fojas 50),
- Que, contra el referido Auto de Vista, la representante legal de la empresa demandada interpuso
- Concluye el memorial de recurso, al amparo del artículo 210 del Código Procesal del Trabajo,
- Previamente y antes de ingresar al análisis del proceso, se deja establecido que la empresa
- Que, la jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de Justicia, nos enseña, a través del
- Que, se reclama la acusación de falta de valoración de las pruebas presentadas por la
- Que, de lo enunciado se llega a la conclusión que la empresa recurrente al no
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. María Arminda Ríos García
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
