Alega que el Auto de Vista realiza una errónea aplicación del principio in dubio pro
Alega que el Auto de Vista realiza una errónea aplicación del principio in dubio pro operario, toda vez que el propio demandante admite la discontinuidad de los servicios, por lo que aplica erróneamente dicha norma
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda laboral, la Jueza Primero de Partido de Trabajo y
- Que, contra el referido Auto de Vista, Freddy Romero Ledezma interpuso recurso de nulidad (fojas
- Alega que el Auto de Vista realiza una errónea aplicación del principio in dubio pro
- Refiere que las declaraciones testificales de fojas 42, 43 y 46, expresan que el demandante
- Acusa la aplicación indebida del artículo 181 del Código Procesal del Trabajo y artículo 57
- Concluye el memorial solicitando a este Tribunal anule el Auto de Vista impugnado, y deliberando
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- Complementando lo explicado, la doctrina y jurisprudencia emitida por este Tribunal ha dejado claramente establecido
- En el caso en análisis, el recurrente confundiendo totalmente funda su recurso en la mala
- Al respecto, la amplia y uniforme jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de Justicia, como
- En ese marco, el recurso de fojas 90 a 93, es insuficiente e injustificable toda
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- nte mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
