Auto Supremo AS/0454/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0454/2012

Fecha: 04-Dic-2012

Que desarrollado el juicio oral, público y contradictorio, según el Auto de Apertura de Juicio


Distrito: Cochabamba

Expediente: 76/2009

Partes:Ministerio Público contra Jhonny Marco Siles Pillco

Delito: Violación de Niño, Niña y Adolescente, tipificado en el art. 308 Bis, con la agravante de los numerales 2, 3 y 7 del art. 310 del Código Penal.

Recurso: Casación.

VISTOS: El Recurso de Casación incoado por Jhonny Marco Siles Pillco, impugnando el Auto de Vista Nº 13 de 18 de febrero de 2009 de fs. 169 a 170 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Jhonny Marco Siles Pillco, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña y Adolescente, tipificado en el art. 308 Bis con la agravante de los numerales 2, 3 y 7 del art. 310 del Código Penal, los antecedentes del proceso, y;

CONSIDERANDO I: Que, el Ministerio Público a denuncia de la Abogada de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia Martha Jaqueline Justiniano Villagómez, presentó Acusación Fiscal a fs. 2 a 4 vta. de obradoscontra Jhonny Marco Siles Pillco, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña y Adolescente, tipificado en el art. 308 Bis con la agravante de los numerales 2, 3 y 7 del art. 310 del Código Penal

Que desarrollado el juicio oral, público y contradictorio, según el Auto de Apertura de Juicio de fs. 22 y vta., el Tribunal de Sentencia Nº 4 del Distrito Judicial de Cochabamba, dictó la Sentencia Nº 26 de 2 de agosto de 2007 de fs. 135 a 138 vta., declarando al acusado Jhonny Marco Siles Pillco autor y culpable de la comisión del delito de "Violación de Niña", previsto y sancionado por el art. 308 Bis con relación al art. 310 numerales 2, 3 y 7 del Código Penal, imponiéndole la pena de 20 años de presidio sin derecho a indulto, que deberá cumplir en el recinto penitenciario de "El Abra", de la ciudad de Cochabamba. Además se le impuso el pago de costas en favor del Estado y de la víctima, averiguables en ejecución de sentencia