En su petición, indicó que contesta de forma negativa el impertinente y sui generis recurso
En su petición, indicó que contesta de forma negativa el impertinente y sui generis recurso extraordinario de casación de la Gobernación del Departamento Autónomo de Tarija; pidió que la concesión del recurso de casación para que en el fondo sea casado parcialmente el Auto de Vista impugnado y deliberando en el fondo disponga que la Juez de primera instancia pronuncie nueva Sentencia apegada a la realidad de los hechos y correcta aplicación de la Constitución Política del Estado, las leyes y pronunciación expresa con relación a todas las pretensiones materia de Autos
- Proceso: Reivindicación
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Continuó indicando en el punto tercero y cuarto sobre la declaración judicial de nulidad de
- En los puntos quinto y sexto de su recurso hace mención que la Sentencia ya
- En su petición, indicó que contesta de forma negativa el impertinente y sui generis recurso
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Igualmente precisó que la Casación tiene por fin privilegiar la recta aplicación de la ley
- Cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, esto es por errores en
- De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y
- Al margen de la observación anotada precedentemente, se advierte una total confusión entre el recurso
- Sin embargo, sólo a manera de aclaración corresponde señalar que la Sentencia que pone fin
- La Sala de apelación, observó ese vicio procesal correctamente y al anular la Sentencia dispuso
- Finalmente, aclarar que si el recurrente se siente agraviado con la nueva Sentencia, cuenta con
- Por las razones expuestas, reiterando que el recurso de casación en la forma carece de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
