Auto Supremo AS/0502/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0502/2012

Fecha: 14-Dic-2012

Que, en el caso se anularía de oficio algo subsanado por los propios funcionarios del

Que, en el caso se anularía de oficio algo subsanado por los propios funcionarios del juzgado en que se tramitó la causa, que no causar de indefensión, más bien la plena fe de lo que habría acontecido realmente en la consignación de los datos de la presentación, no pudiéndose encontrar causal que amerite la nulidad