En aplicación del artículo 296 del Código de Procedimiento Civil, se impone costas y multa
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 42.4) de la Ley del Órgano Judicial, declara ILEGAL, el recurso de compulsa interpuesto por Elba Mullucundo Cadena
En aplicación del artículo 296 del Código de Procedimiento Civil, se impone costas y multa a la compulsante que se gradúa en el equivalente a tres días de haber del juez ante quien se tramita la causa, conforme así lo dispone el Reglamento de Multas Procesales del Órgano Judicial, cuyo monto mandará hacer efectivo el Tribunal de Alzada
- Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Domestica.
- De la revisión de los datos que cursan en fotocopias legalizadas, se llega a establecer
- Contra esta resolución de vista, la compulsante Elba Mullucundo Cadena, interpone recurso de casación en
- Conforme con la previsión del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, procede el recurso
- En este marco normativo, la competencia del Tribunal Supremo al momento de resolver la compulsa
- Que el artículo 255 inc
- El referido inmueble, actualmente es objeto del proceso de usucapión seguido por Elba Mullucundo Cadena
- Por las razones expuestas se concluye que la decisión del tribunal Ad quem de negar
- En aplicación del artículo 296 del Código de Procedimiento Civil, se impone costas y multa
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.-
