Auto Supremo AS/0522/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0522/2012

Fecha: 18-Dic-2012

Haciendo un análisis minucioso del Auto de Vista recurrido, se evidencia que el Tribunal ad

Haciendo un análisis minucioso del Auto de Vista recurrido, se evidencia que el Tribunal ad quem no se pronunció sobre todos los agravios expuestos, infringiendo de tal manera lo dispuesto por el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, ya que si bien el Auto de Vista recurrido refirió que "...de lo relacionado se tiene que la actuación de la juez a -quo al tramitar y concluir este juicio ha hecho una correcta interpretación y valoración de las pruebas cursantes en proceso, tal cual lo establece el art. 66, 150, 202, 179 del C.P.T. y 3 y 4 del mismo cuerpo legal, art. 4,6, 12, 13, 16, 19, 20, 22, 52 de la L.G.T, art. 46, 48 de la C.P.E, 46 de la L.G.T.., art. 36 del D.R., art. 1 y 2 del D.S. 23570 art. 2 Y 3 del D.S. 28699...", no señala de forma precisa y específica cuáles fueron los extremos que le permitieron llegar a dicha conclusión, obviando cumplir con la debida motivación requerida de forma inexcusable en su Resolución, limitándose a la enumeración de dicha normativa