Finalmente en su petitorio expresa que el Auto de Vista realizó una errónea interpretación y
Finalmente en su petitorio expresa que el Auto de Vista realizó una errónea interpretación y aplicación indebida del art. 891 parágrafos II del Código Civil, además de los arts. 510 parágrafo I, 519, 520, 569 y 450 del código Civil y finalmente los Arts. 514, 517 y 518 del mencionado compilado legal, pidiendo remisión de actuados al Tribunal Supremo de Justicia para que Case su recurso y Anule tanto la Sentencia como el Auto de Vista, para que se declare probada la demanda principal
- Expediente: CB-105-12-S
- Proceso: Cumplimiento de Contrato
- Distrito: Cochabamba
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Señala que la nota de desocupación de ambientes establece la entrega de los ambientes para
- Expresa que el Consejo de la Judicatura no contaba con una razón de fuerza mayor,
- Finalmente en su petitorio expresa que el Auto de Vista realizó una errónea interpretación y
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Establecido este punto, remitámonos al art
- Conforme se describió, esa salvedad mencionada fue establecida en norma para los casos de comodato,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
