Por Secretaría de la Sala, cúmplase con lo previsto en el artículo 17
Por Secretaría de la Sala, cúmplase con lo previsto en el artículo 17. IV de la Ley del Órgano Judicial
- VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs
- CONSIDERANDO II: Con carácter previo, corresponde tener presente que en ejercicio de la facultad conferida
- Que, respecto a la nulidad procesal, la jurisprudencia constitucional, a través de la Sentencia Constitucional
- En el presente caso, de la revisión de antecedentes, se advierte que el Tribunal de
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Por Secretaría de la Sala, cúmplase con lo previsto en el artículo 17
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante Mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
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