Auto Supremo AS/0561/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0561/2012

Fecha: 21-Dic-2012

Con referencia a la infracción que refiere el recurrente, de los artículos 154, 161

Con referencia a la infracción que refiere el recurrente, de los artículos 154, 161. a), 178 y 200 del Código Procesal del Trabajo, se aclara que el juez en materia laboral no se encuentra sujeto a la tarifa legal de la prueba o prueba tasada, teniendo libertad de formar su convencimiento inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la misma, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes, conforme lo disponen los artículos 158 y 159 en relación con el artículo 3. j) del Código Procesal del Trabajo, en consecuencia en el caso de autos se evidencia que en ejercicio de esta facultad es que el juzgador ha llegado al convencimiento de su resolución, por lo que no resultan evidentes las vulneraciones reclamadas