Auto Supremo AS/0010/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0010/2012

Fecha: 28-Feb-2012

No interviene el Magistrado Fidel Marcos Tordoya Rivas por encontrarse en viaje oficial

POR TANTO: la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 36 - 6 de la Ley del Órgano Judicial, aplicando el artículo 423 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de revisión de sentencia deducido, salvando el derecho que le asigna el artículo 427 del referido cuerpo legal.
No interviene el Magistrado Fidel Marcos Tordoya Rivas por encontrarse en viaje oficial