Por otra parte, resulta necesario mencionar que, el proceso se desenvuelve en instancias o etapas,
La apelación constituye el más importante y usual de los recursos ordinarios, es el remedio procesal tendiente a obtener que un tribunal jerárquicamente superior, generalmente colegiado, revoque o modifique una resolución judicial que se estima errónea en la interpretación, aplicación del derecho, en la apreciación de los hechos o de la prueba. Supone una doble instancia donde el tribunal o juez debe circunscribirse a examinar la decisión impugnada sobre la base del material reunido en primera instancia. De ahí que, el recurso de apelación conforme determina el artículo 219 del Código de Procedimiento Civil, se encuentra sometido a su procedencia a una serie de requisitos que hacen al plazo y contenido. En cuanto al plazo, el artículo 220-I-1 del precitado Código Adjetivo Civil, señala diez días cuando se trata de sentencias y autos definitivos pronunciados en procesos ordinarios, plazo que es fatal y se computa de momento a momento a partir de la notificación con la sentencia, como establece el parágrafo II de la citada norma legal.
Por otra parte, resulta necesario mencionar que, el proceso se desenvuelve en instancias o etapas, de modo que los actos procesales deben ejecutarse en un determinado orden; ese desenvolvimiento ordenado responde al principio de preclusión
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 478 a 483 y vuelta, interpuesto por Gerónimo
- En apelación deducida por los demandados Gerónimo Arnez y Elizabeth Orellana Montaño, la Sala Civil
- CONSIDERANDO: Que, nuestro sistema de procesamiento ha establecido el principio de la doble instancia, la
- Por otra parte, resulta necesario mencionar que, el proceso se desenvuelve en instancias o etapas,
- CONSIDERANDO: Que, el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, faculta al Tribunal de Casación
- Bajo este contexto legal, de los datos del proceso, especialmente del formulario de citaciones y
- Por su parte, el tribunal ad quem debió corregir el proceder del juez a quo
- Se sanciona a la Juez de la causa con Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 11/2012
