Auto Supremo AS/0030/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0030/2012

Fecha: 23-Mar-2012

4


4.- Sobre la base de los antecedentes expuestos; el imputado Franz Fernández Viza recurre de Casación, alegando lo siguiente:

a) Que, a través del Auto de Vista Nº 19/2006 de 13 de junio, emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Oruro, se determinó el reenvió del juicio; pero en el nuevo juicio la sentencia fue condenatoria y se la confirmó por Auto de Vista Nº 06/2008 de 3 de abril; circunstancia que vulneraria su derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso, porque en Apelación Restringida mostró las omisiones del Tribunal de Juicio, como ser, fundamentación insuficiente y contradictoria aplicación del art. 365 del Código Procesal Penal; en el entendido que, ante la carencia de elementos constitutivos del delito de Estelionato y de prueba que evidencie su comisión, correspondía Sentencia Absolutoria; máxime cuando sus acusadores se limitaron a reproducir el juicio anulado, pero con menos prueba.

b) Que, la mayor vulneración a sus derechos y garantías, operó cuando a tiempo de la sustanciación del juicio y en la imposición de la pena mediante Sentencia Nº 02/2008 de 10 de enero de 2008, así como en su confirmación en el Auto de Vista impugnado se desobedeció el fallo que dispuso el reenvió del juicio, además de la disposición señalada en el parágrafo tercero del art. 413 de la Ley Nº 1970. A los efectos, citó como precedentes los Autos Supremos Nº 193/84,179/84,39/82,169/02 y 74/02; pidiendo que posterior a la admisión del recurso, se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, por tratarse de un juicio de reposición y ante las observaciones sobre la pena impuesta en violación del art. 413 del Código de Procedimiento Penal, y disponga se pronuncie nueva resolución absolutoria conforme a la Doctrina Legal a emitirse