Auto Supremo AS/0038/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0038/2012

Fecha: 23-Abr-2012

Que, el tribunal ad quem incurre en error de hecho y de derecho al aplicar


Esta resolución de segunda instancia dio lugar al planteamiento de los recursos de casación interpuestos tanto por la parte demandante como por la parte demandada de acuerdo a los siguientes argumentos:

I.- Rafael Zapata Ustaris en representación de José Oscar Maldonado Orellana en su recurso de casación en el fondo cursante de fojas 260 a 261 y en base al artículo 253 - 1), 2), y 3) señala:

Que, el tribunal ad quem incurre en error de hecho y de derecho al aplicar a la deuda como pago parcial la suma de Bs. 9.300 que consta en el recibo de fojas 152, violando lo establecido en los artículos 1287 - I, 1289 y 1311 del Código Civil al otorgar fuerza probatoria y validez de documento auténtico a una simple fotocopia; manifiesta que, al haberse considerado y admitido el documento de 20 de enero de 1999 cursante a fojas 150 a cuenta de la obligación siendo que el mismo es de fecha anterior al documento por el que se constituyó la obligación, se le está lesionando su derecho