VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Rafael Zapata Ustaris en representación de Oscar Maldonado
S A L A C I V I L L I Q U I D A D O R A
Auto Supremo: Nº 38
Sucre: 23 de abril de 2012
Expediente: PDO-4-07-S
Proceso: Cumplimiento de obligación
Partes:Oscar Maldonado Orellanac/ José Alberto Briceño Caso
Distrito: Pando
Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani
VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Rafael Zapata Ustaris en representación de Oscar Maldonado Orellana y José Alberto Briceño Caso, cursantes de fojas 260 a 261, y de 264 a 265 y vuelta, en contra del Auto de Vista N° 27 de 21 de mayo del 2007, cursante de fojas 255 a 257, dictado por la Sala Civil, Social, de Familia, Niño, Niña y Adolescente de la Corte Superior del Distrito de Pando, en el ordinario sobre cumplimiento de obligación seguido por José Oscar Maldonado Orellana contra José Alberto Briceño Caso, la respuesta de fojas 268 y 269 y vuelta, el auto concesorio de fojas 270, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO:Que, tramitada la causa, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la Ciudad de Cobija, pronunció la sentencia de 21 de marzo del 2007, cursante de fojas 235 a 238, declarando probada en parte la demanda de fojas 25 e improbada la reconvención, sin costas, disponiendo que el demandado cumpla con lo concensuado en la cláusula segunda del testimonio de Escritura Pública Nº 149/1999, debiendo proceder a su cancelación dentro de diez días de ejecutoriada la resolución la suma de dólares americanos 19.618,53 al actor
Auto Supremo: Nº 38
Sucre: 23 de abril de 2012
Expediente: PDO-4-07-S
Proceso: Cumplimiento de obligación
Partes:Oscar Maldonado Orellanac/ José Alberto Briceño Caso
Distrito: Pando
Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani
VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Rafael Zapata Ustaris en representación de Oscar Maldonado Orellana y José Alberto Briceño Caso, cursantes de fojas 260 a 261, y de 264 a 265 y vuelta, en contra del Auto de Vista N° 27 de 21 de mayo del 2007, cursante de fojas 255 a 257, dictado por la Sala Civil, Social, de Familia, Niño, Niña y Adolescente de la Corte Superior del Distrito de Pando, en el ordinario sobre cumplimiento de obligación seguido por José Oscar Maldonado Orellana contra José Alberto Briceño Caso, la respuesta de fojas 268 y 269 y vuelta, el auto concesorio de fojas 270, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO:Que, tramitada la causa, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la Ciudad de Cobija, pronunció la sentencia de 21 de marzo del 2007, cursante de fojas 235 a 238, declarando probada en parte la demanda de fojas 25 e improbada la reconvención, sin costas, disponiendo que el demandado cumpla con lo concensuado en la cláusula segunda del testimonio de Escritura Pública Nº 149/1999, debiendo proceder a su cancelación dentro de diez días de ejecutoriada la resolución la suma de dólares americanos 19.618,53 al actor
- VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Rafael Zapata Ustaris en representación de Oscar Maldonado
- Apelada la sentencia por el demandado José Alberto Briceño Caso, la Sala Civil, Social, de
- Que, el tribunal ad quem incurre en error de hecho y de derecho al aplicar
- Finaliza su recurso solicitando al tribunal de casación case parcialmente el auto de vista de
- II
- Finaliza su recurso, pidiendo se case el auto de vista y se declare extinguida la
- I
- Por otro lado, en cuanto al error de hecho y derecho denunciado en la valoración
- Por lo expuesto, corresponde resolver el recurso en el marco previsto por el artículo 273
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 38/2012
