Auto Supremo AS/0072/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0072/2012

Fecha: 14-Jun-2012

A mayor abundamiento, se cita como ejemplo de la amplia jurisprudencia sentada por la Corte


Por otra parte, interpone recurso de casación, sin especificar si se trata de uno en la forma, en el fondo, o ambos, sin un petitorio claro y concreto, solicitando simple y llanamente casar el Auto recurrido o anular obrados; es decir, que pretende que este Tribunal Supremo adopte una resolución, alternativamente, cuando la norma impone al recurrente especificar con claridad y precisión su pretensión.

A mayor abundamiento, se cita como ejemplo de la amplia jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de Justicia, que ésta enseña, a través del Auto Supremo Nro. 360 de 8 de agosto de 1995, correspondiente a la Sala Civil Primera, que "En casación se plantean cuestiones de derecho. Para lograr ese objetivo, el recurrente examinará e impugnará todos y cada uno de los fundamentos de la decisión recurrida, demostrando en forma concreta y precisa, cómo, por qué y en qué forma han sido violadas..." Asimismo, el Auto Supremo Nro. 62, de 18 de febrero de 1992, correspondiente a la Sala Civil Segunda, refiere "Que el recurrente tiene que hacer una crítica LEGAL del auto de vista impugnándolo y PARA ELLO DEBE CUMPLIR IMPRESCINDIBLEMENTE LOS REQUISITOS DE FORMA QUE ESTABLECE EL NUMERAL 2 del art. 258 del Cód. Pdto. Civ." En el mismo sentido se versan los Autos Supremos Nros. 212 y 216 de la Sala Social Segunda de 5 de julio de 2011; así como los Autos Supremos Nros. 252 y 261 de la Sala Social Primera de 1 y 5 de septiembre de 2011, respectivamente, de la Corte Suprema de Justicia