Que, la observación efectuada por el requerimiento Fiscal de fs
Que, la observación efectuada por el requerimiento Fiscal de fs. 541 y 542, sobre la presunta falta de sorteo de Vocal Relator para la resolución del Recurso de Apelación que ameritaría la nulidad de obrados con reposición de actuados, no consideró que en el caso presente, como se tiene demostrado precedentemente, es el propio recurrente quien afirma que el referido sorteo fue efectuado en fecha 19 de mayo de 2008, no resultando lógico suponer la falta de sorteo de la causa, cuando el recurrente afirma expresamente su existencia para denunciar precisamente la presunta retardación de justicia en la emisión del fallo, siendo así evidente que el recurrente, al hacer seguimiento de la causa en Tribunales, verificó la efectiva realización del acto procesal extrañado por el Ministerio Público, que de no haber sido realizado, el recurrente bien pudo propugnar la nulidad de obrados basado en la presunta omisión de sorteo
- CONSIDERANDO II: Que, a mérito del Recurso de Apelación interpuesto por Toshio Roberto Shimokawa Enríquez
- CONSIDERANDO IV: Que, con carácter previo a la resolución del Recurso de Casación interpuesto, corresponde
- Que, a través de la providencia de fecha 07 de junio de 2011 de fs
- Que, en lo referido al motivo de casación consignado en el num
- Que, la observación efectuada por el requerimiento Fiscal de fs
- POR TANTO
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