Por memorial presentado el 15 de mayo de 2012, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 121/2012-RA
Sucre, 13 de junio de 2012
Expediente : Potosí 23/2012
Parte acusadora : Ministerio Publico,EstanislaoMilan Castro Quintanilla y
Santusa Castro Quintanilla
Parte imputada : Carlos Colque Fuertes
Delitos: Homicidio, Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente
de Tránsito y Omisión de Socorro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de mayo de 2012, cursante de fs. 215 a 218 vta., EstanislaoMilan Castro Quintanilla y Santusa Castro Quintanilla, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 14/2012 de 3 de mayo, cursante de fs. 206 a 208, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Carlos Colque Fuertes, por los delitos de Homicidio, Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito y Omisión de Socorro, previstos y sancionados por los arts. 261 primer párrafo y 262 ambos del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 121/2012-RA
Sucre, 13 de junio de 2012
Expediente : Potosí 23/2012
Parte acusadora : Ministerio Publico,EstanislaoMilan Castro Quintanilla y
Santusa Castro Quintanilla
Parte imputada : Carlos Colque Fuertes
Delitos: Homicidio, Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente
de Tránsito y Omisión de Socorro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de mayo de 2012, cursante de fs. 215 a 218 vta., EstanislaoMilan Castro Quintanilla y Santusa Castro Quintanilla, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 14/2012 de 3 de mayo, cursante de fs. 206 a 208, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Carlos Colque Fuertes, por los delitos de Homicidio, Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito y Omisión de Socorro, previstos y sancionados por los arts. 261 primer párrafo y 262 ambos del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 15 de mayo de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 3
- En cumplimiento de dicha resolución la Sala Penal Segunda, emitió un nuevo Auto de Vista
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Continúa señalando que correspondía la aplicación de una pena mayor de una mayor de "7
- El art
- Penales de estos Tribunales o del Tribunal Supremo de Justicia; entendiéndose que existe contradicción cuando
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Así, de la revisión del recurso y los motivos contenidos en el mismo, este Tribunal
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
