No obstante a ello, a efecto de revisar los datos del proceso y evidenciar la
No obstante a ello, a efecto de revisar los datos del proceso y evidenciar la existencia o no del defecto absoluto alegado por el recurrente, sobre la acusación de presunta violación de su derecho a la defensa, corresponde a este Tribunal Supremo abrir su competencia excepcionalmente, en función del mandato supralegal contenido en los arts. 115, 119 y 410 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, con relación a la previsión inserta en el art. 169 del Código de Procedimiento Penal, debiendo declararse la admisibilidad del recurso de casación interpuesto
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Jaime Romero Chuca (fs
- CONSIDERANDO: Que al interponer el enunciado recurso de casación, el recurrente argumentó lo siguiente
- CONSIDERANDO: Que para la admisibilidad del recurso de casación, resulta menester observar y cumplir con
- Ahora bien, respecto al recurso de casación referido líneas arriba, se evidencia que éste fue
- No obstante a ello, a efecto de revisar los datos del proceso y evidenciar la
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- ?? ?? ?? ??
