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    Auto Supremo AS/0167/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0167/2012

    Fecha: 08-Jun-2012

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    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez del Trabajo y Seguridad Social,
    • CONSIDERANDO II: Que con carácter previo y antes de considerar los fundamentos del recurso planteado,
    • Asimismo, resulta pertinente resaltar lo previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil,
    • En ese contexto, haciendo un análisis minucioso de los actuados del proceso se advierte en
    • Según lo anotado, la referida omisión por parte del Tribunal ad quem atenta lo dispuesto
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
    • Por la nulidad determinada, se encomienda al Tribunal ad quem competente, imprima la mayor celeridad
    • Sin multa por ser excusable
    • Por Secretaría de Cámara, cúmplase con lo previsto en el artículo 17
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
    • Dra. Norka N. Mercado Guzmán
    • Ante Mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
    • Secretario de Cámara de Sala Social y Adm.

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