Auto Supremo AS/0094/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0094/2012

Fecha: 04-Jul-2012

En el caso presente, se aplica el inciso 2) de dicha disposición, ya que el


El artículo 174 del Código Tributario, Ley Nº 1340, vigente por disposición de la Sentencia Constitucional Nº 76/04 de 16 de julio de 2004, dispone en su artículo 174, que "Los actos de la Administración por los que se determine tributos o se apliquen sanciones pueden impugnarse por quien tenga un interés legal, dentro del término perentorio de quince (15) días computables a partir del día y hora de su notificación al interesado, hasta la misma hora del día de vencimiento del plazo, por una de las siguientes vías, a opción del interesado:"

En el caso presente, se aplica el inciso 2) de dicha disposición, ya que el demandante eligió la vía jurisdiccional, en lugar de la administrativa, debiendo en consecuencia, sustanciarse el proceso, con arreglo a lo dispuesto en el Título VI de la Ley Nº 1340, puesto que la elección de una vía importa renuncia de la otra