El recurso que motiva el presente análisis en consecuencia, es insuficiente, e injustificable, haciendo inviable
El recurso que motiva el presente análisis en consecuencia, es insuficiente, e injustificable, haciendo inviable su consideración e impidiendo a este Tribunal abrir su competencia, por lo que corresponde su resolución en la forma prevista por el inciso 2) del artículo 272 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
- SUELDOS DEVENGADOS
- Que, contra el referido Auto de Vista, Fredy Justo Álvarez Jemio en representación de Johnny
- Arguye que el Auto de Vista recurrido desconoce que los demandantes supuestamente prestaron sus servicios
- Acusa la violación jurídica de los artículos 159 y 161 del Código Procesal del Trabajo
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- Que de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- Por otra parte, en cuanto a la supuesta falta o error en la admisión y
- El recurso que motiva el presente análisis en consecuencia, es insuficiente, e injustificable, haciendo inviable
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
