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    Auto Supremo AS/0217/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0217/2012

    Fecha: 16-Ago-2012

    Regístrese, notifíquese y devuélvase

    Respecto a la retardación de justicia que denuncia el recurrente, remítase copias legalizadas de las partes pertinentes ante el Régimen Disciplinario del Consejo de la Magistratura.
    Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • PARTES PROCESALES: Ministerio Público contra Cirilo Cruz Ortega, Wilson Cruz Terrazas
    • DELITO: tráfico de sustancias controladas
    • a) El Tribunal de Alzada al dictar la resolución impugnada infringió el art
    • b) El Auto de Vista de 4 de agosto de 2010, no fue dictado dentro
    • Finaliza solicitando casar el Auto de Vista impugnado, por los fundamentos expuestos, disponiendo la nulidad
    • CONSIDERANDO: Que para la admisibilidad del recurso de casación, resulta menester observar y cumplir con
    • El recurso de casación tiene por objeto uniformar la jurisprudencia, en ese sentido, el Tribunal
    • II
    • Consecuentemente, si bien el procesado interpuso recurso de casación dentro del término previsto por ley,
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.

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