Que, el Juez de Sentencia N° 2 de la ciudad de Potosí dictó la Sentencia
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO N°:244/2012 Fecha: Sucre, 24 de agosto de 2012
Expediente: 46/08
Distrito: Potosí
Partes: Shirley Daniela, Gary Mario y José Ronal Cáceres Valencia c/ Alfredo Sonco Barreneche
Delito: Estelionato
Recurso: Casación
VISTOS: (Del recurso en cuestión)
El Recurso de Casación interpuesto por los querellantes, Shirley Daniela Cáceres Suárez, Gary Mario Cáceres Cortez y José Ronald Cáceres Valencia, (fs. 195 a 198 y vta.), impugnando el Auto de Vista N° 39/2008 de 27 de septiembre de 2008 (fs. 190 a 192), emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por los citados querellantes contra Alfredo Sonco Barrenechea por el delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del Código Penal, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, el Juez de Sentencia N° 2 de la ciudad de Potosí dictó la Sentencia N° 13, de 15 de mayo de 2008 (fs. 99 a 106 y vta.), declarando al procesado Alfredo Sonco Barrenechea, autor del delito de Estelionato, condenándolo a la pena privativa de libertad de dos años y seis meses a cumplir en el Penal de "Cantumarca" de la ciudad de Potosí, con costas y responsabilidad civil a favor de la parte querellante; Sentencia que apelada por el procesado, fue declarado Procedente el Recurso de Apelación Restringida con costas, y con la permisibilidad conferida por la parte final del art. 413 del Código de Procedimiento Penal, se declaró al procesado, Alfredo Sonco Barrenechea, absuelto de culpa y pena del delito de Estelionato, en razón a que se llegó al convencimiento de que el hecho no sería constitutivo de delito, salvándose el derecho de los querellantes para acudir a la jurisdicción civil, todo lo cual se dispuso por el Auto de Vista N° 39/2008 de 27 de septiembre de 2008 (fs. 190 a 192), emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí. Auto de Vista que ahora es recurrido en Casación
AUTO SUPREMO N°:244/2012 Fecha: Sucre, 24 de agosto de 2012
Expediente: 46/08
Distrito: Potosí
Partes: Shirley Daniela, Gary Mario y José Ronal Cáceres Valencia c/ Alfredo Sonco Barreneche
Delito: Estelionato
Recurso: Casación
VISTOS: (Del recurso en cuestión)
El Recurso de Casación interpuesto por los querellantes, Shirley Daniela Cáceres Suárez, Gary Mario Cáceres Cortez y José Ronald Cáceres Valencia, (fs. 195 a 198 y vta.), impugnando el Auto de Vista N° 39/2008 de 27 de septiembre de 2008 (fs. 190 a 192), emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por los citados querellantes contra Alfredo Sonco Barrenechea por el delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del Código Penal, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, el Juez de Sentencia N° 2 de la ciudad de Potosí dictó la Sentencia N° 13, de 15 de mayo de 2008 (fs. 99 a 106 y vta.), declarando al procesado Alfredo Sonco Barrenechea, autor del delito de Estelionato, condenándolo a la pena privativa de libertad de dos años y seis meses a cumplir en el Penal de "Cantumarca" de la ciudad de Potosí, con costas y responsabilidad civil a favor de la parte querellante; Sentencia que apelada por el procesado, fue declarado Procedente el Recurso de Apelación Restringida con costas, y con la permisibilidad conferida por la parte final del art. 413 del Código de Procedimiento Penal, se declaró al procesado, Alfredo Sonco Barrenechea, absuelto de culpa y pena del delito de Estelionato, en razón a que se llegó al convencimiento de que el hecho no sería constitutivo de delito, salvándose el derecho de los querellantes para acudir a la jurisdicción civil, todo lo cual se dispuso por el Auto de Vista N° 39/2008 de 27 de septiembre de 2008 (fs. 190 a 192), emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí. Auto de Vista que ahora es recurrido en Casación
- Que, el Juez de Sentencia N° 2 de la ciudad de Potosí dictó la Sentencia
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- Al punto primero
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- Por último dejar establecido que el Tribunal de alzada al entrar a considerar los puntos
- Al punto segundo
- Que, la Apelación Restringida, como medio legal permite impugnar errores de procedimiento o de aplicación
- Cuando el Tribunal de Alzada advierte que el Juez o Tribunal de instancia han pronunciado
- POR TANTO
- Para fines del art
- ibro Tomas de Razón 1/2012
