FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION:
Respecto al deber de motivación y fundamentación que en criterio del recurrente se habría obviado por parte del Tribunal de alzada, corresponde precisar que los fallos dictados por las autoridades jurisdiccionales deben contener la debida exposición del camino deductivo que les condujo a asumir una determinada decisión, sustentada en los principios de la lógica, la experiencia común y el recto juicio, en otras palabras, el deber de fudamentación exige que el pronunciamiento emitido exprese las razones que justifiquen razonablemente la decisión asumida, en cuyo caso las normas del debido proceso referidas al deber de motivación y fundamentación se tendrán por fielmente observadas
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION:
Respecto al deber de motivación y fundamentación que en criterio del recurrente se habría obviado por parte del Tribunal de alzada, corresponde precisar que los fallos dictados por las autoridades jurisdiccionales deben contener la debida exposición del camino deductivo que les condujo a asumir una determinada decisión, sustentada en los principios de la lógica, la experiencia común y el recto juicio, en otras palabras, el deber de fudamentación exige que el pronunciamiento emitido exprese las razones que justifiquen razonablemente la decisión asumida, en cuyo caso las normas del debido proceso referidas al deber de motivación y fundamentación se tendrán por fielmente observadas
- Expediente: O-15-12-S
- Proceso: Anulabilidad de contrato
- Distrito: Oruro
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa sentencia, la demandada Nilda Magali Marine Castro interpuso recurso de apelación, en cuyo
- Contra esa Resolución de alzada la codemandada Nilda Magali Marine Castro interpuso recurso de casación
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
- Por las razones expuestas solicitó se anule el Auto de Vista impugnado y se ordene
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- Establecido lo anterior corresponde señalar que de la revisión de obrados se evidencia que el
- Si bien el Tribunal de alzada señaló que el Juez de la causa fundamentó adecuadamente
- Por las razones expuestas, no siendo evidente la violación de forma acusada por la recurrente,
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Magistrada Dra. Rita Susana Nava Duran.
