Auto Supremo AS/0316/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0316/2012

Fecha: 24-Ago-2012

En cuanto al reclamo de que la Resolución Administrativa Nº 678

En cuanto al reclamo de que la Resolución Administrativa Nº 678.09 no tendría que ver con el caso de Autos, de la revisión del Auto de Vista recurrido se evidencia que se consignó en el tercer párrafo del segundo considerando erróneamente como Resolución Administrativa Nº 678.09, empero, en el quinto párrafo que se consignó correctamente la aludida normativa como 678.08 de 22 de diciembre de 2008, asimismo se advierte que el análisis de la referida normativa coincide con el contenido de la Resolución Nº 678.08 de fecha 22 de diciembre de 2008, por consiguiente no existe vulneración alguna a lo establecido en el artículo 192. 2) y 3) del Código de Procedimiento Civil