CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
Antes de ingresar en el análisis de la problemática planteada, se debe dejar claramente establecido que el memorial de recurso contiene los mismos argumentos del recurso de apelación cursante en obrados, carece de técnica jurídica, limitándose a expresar que se vulneró disposiciones legales de la materia, observándose que no cumple con la fundamentación adecuada, concreta y precisa, en lugar de hacer una crítica legal a la resolución impugnada; sin cumplir el mandato contenido en los artículos 253 en relación al inciso 2) del artículo 258, ambos del Código de Procedimiento Civil, por lo que carece de relevancia jurídica e inclusive su petitorio es contradictorio ya que pretende se anule obrados, aseveración desorientada, siendo propio del recurso de casación en la forma y no en el fondo, pese a estas limitaciones se ingresa en el fondo a objeto de dar una respuesta pronta y oportuna a las partes en litigio
Antes de ingresar en el análisis de la problemática planteada, se debe dejar claramente establecido que el memorial de recurso contiene los mismos argumentos del recurso de apelación cursante en obrados, carece de técnica jurídica, limitándose a expresar que se vulneró disposiciones legales de la materia, observándose que no cumple con la fundamentación adecuada, concreta y precisa, en lugar de hacer una crítica legal a la resolución impugnada; sin cumplir el mandato contenido en los artículos 253 en relación al inciso 2) del artículo 258, ambos del Código de Procedimiento Civil, por lo que carece de relevancia jurídica e inclusive su petitorio es contradictorio ya que pretende se anule obrados, aseveración desorientada, siendo propio del recurso de casación en la forma y no en el fondo, pese a estas limitaciones se ingresa en el fondo a objeto de dar una respuesta pronta y oportuna a las partes en litigio
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- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
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- La Sentencia Constitucional No
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- Que, en cuanto a la aplicación indebida e interpretación errónea del artículo 157-B de la
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con
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- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
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