Auto Supremo AS/0062/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0062/2013

Fecha: 04-Oct-2013

De lo ampliamente expuesto y debidamente fundamentado en líneas que preceden se establece que el

De lo ampliamente expuesto y debidamente fundamentado en líneas que preceden se establece que el Tribunal de Alzada no ha incurrido en las causales acusadas por la parte recurrente, correspondiendo en consecuencia aplicar el artículo 273 del Código de Procedimiento Civil, en cumplimiento de la norma remisiva prevista por el artículo 214 del Código Tributario de 28 de mayo de 1992 (Ley No. 1340)