De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Por Sentencia 18/2010 de 20 de abril (fs. 445 a 452 vta.), el Tribunal Mixto de Sentencia Segundo de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a los imputados Valentín Trujillo Valdivia, José Luis Cuéllar Subirana y Próspero Soto Velarde, autores de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado en el art. 48 con relación al inc. m) del art. 33 de la Ley 1008, condenándoles a la pena privativa de libertad de doce años de presidio, multa de doscientos días a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por día, con costas averiguables en ejecución de sentencia.
b)La referida Sentencia fue objeto de apelación por parte de los tres imputados (fs. 473 a 476 vta.; 483 a 486; y de fs. 494 a 497 vta.), que merecieron el pronunciamiento del Auto de Vista 12 de 9 de enero de 2013 (fs. 585 a 595), que declaró improcedentes los recursos de apelación restringida y confirmó la Sentencia apelada.
c)El recurrente fue notificado con el mencionado Auto de Vista, el 20 de junio de 2003 (fs. 596), interponiendo el recurso de casación que ahora es objeto de análisis de admisibilidad, el 15 de julio del mismo año
- Por memorial presentado el 15 de julio de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la atenta revisión del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos
- 2)Agrega que no se le encontró en posesión de sustancias controladas, que con pruebas demostró
- 3)Con la referencia general de los principios que rigen el procedimiento penal establecido en la
- En el otrosí I de su recurso, el imputado se limita a citar como precedentes
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Ahora bien, luego del análisis correspondiente, en el acápite II de la presente Resolución, se
- Así, de la revisión de los motivos extractados del recurso, se tiene que el recurrente,
- Estas razones, determinan la inadmisibilidad del recurso, pues, las características y naturaleza del recurso de
- En cuanto a la cita de Sentencias Constitucionales, cabe señalar que este Tribunal de manera
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
