Añade que debe considerarse que transcurrieron dos años desde la supuesta comisión del hecho hasta
También refiere que no se ha demostrado los elementos constitutivos del delito de violación, máxime si no existen secuelas psicológicas incurables en la víctima acreditadas con las respectivas valoraciones psicológicas, por lo que la Sentencia no cumplió con la subsunción del hecho al tipo penal; además, que la sentencia no tiene fundamento que justifique la pena impuesta.
Añade que debe considerarse que transcurrieron dos años desde la supuesta comisión del hecho hasta la denuncia y la presentación de la querella, generando duda razonable, por lo que correspondía la aplicación de la previsión del art. 116.I de la Constitución Política del Estado (CPE). Cita el Auto Supremo 479 de 8 de diciembre de 2005, expresando que la simple relación de hechos, no constituye una fundamentación adecuada; además, de alegar la inexistencia de congruencia entre la parte considerativa y la resolutiva, a raíz de la mala valoración de la prueba
- Por memorial presentado el 23 de agosto de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- c)Notificado Oscar Mamio Guari, con el referido Auto de Vista el 19 de agosto del
- Del memorial que cursa de fs. 31 a 32, se extraen los siguientes motivos
- Añade que debe considerarse que transcurrieron dos años desde la supuesta comisión del hecho hasta
- Pide se tramite el recurso de casación porque no se observaron los precedentes invocados
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- El precepto legal contenido en el citado art
- Precisados como se encuentran en el acápite que precede los requisitos de admisibilidad para el
- Con relación a los demás requisitos, se tiene que el recurrente se limita a cuestionar
- En consecuencia, la omisión advertida evita que este Tribunal Supremo pueda ingresar a considerar el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
