Auto Supremo AS/0259/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0259/2013-RA

Fecha: 11-Oct-2013

Añade que debe considerarse que transcurrieron dos años desde la supuesta comisión del hecho hasta


También refiere que no se ha demostrado los elementos constitutivos del delito de violación, máxime si no existen secuelas psicológicas incurables en la víctima acreditadas con las respectivas valoraciones psicológicas, por lo que la Sentencia no cumplió con la subsunción del hecho al tipo penal; además, que la sentencia no tiene fundamento que justifique la pena impuesta.

Añade que debe considerarse que transcurrieron dos años desde la supuesta comisión del hecho hasta la denuncia y la presentación de la querella, generando duda razonable, por lo que correspondía la aplicación de la previsión del art. 116.I de la Constitución Política del Estado (CPE). Cita el Auto Supremo 479 de 8 de diciembre de 2005, expresando que la simple relación de hechos, no constituye una fundamentación adecuada; además, de alegar la inexistencia de congruencia entre la parte considerativa y la resolutiva, a raíz de la mala valoración de la prueba