Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación cursante de fs. 31 a 32, interpuesto por Oscar Mamio Guari.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 23 de agosto de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- c)Notificado Oscar Mamio Guari, con el referido Auto de Vista el 19 de agosto del
- Del memorial que cursa de fs. 31 a 32, se extraen los siguientes motivos
- Añade que debe considerarse que transcurrieron dos años desde la supuesta comisión del hecho hasta
- Pide se tramite el recurso de casación porque no se observaron los precedentes invocados
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- El precepto legal contenido en el citado art
- Precisados como se encuentran en el acápite que precede los requisitos de admisibilidad para el
- Con relación a los demás requisitos, se tiene que el recurrente se limita a cuestionar
- En consecuencia, la omisión advertida evita que este Tribunal Supremo pueda ingresar a considerar el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
