Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2013, cursante de fs
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 275/2013-RA Sucre, 30 de octubre de 2013
Expediente: Tarija 10/2013
Partes: Ministerio Público y otros c/ Orlando Suárez Gandarillas
Delitos: Incumplimiento de Deberes y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2013, cursante de fs. 340 a 345, la representante del Ministerio Público, Carla Patricia Oller Molina, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 36/2013 de 6 de septiembre de fs. 336 a 338 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Orlando Suárez Gandarillas, por la presunta comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados en los arts. 154 y 224 del Código Penal (CP) respectivamente
Auto Supremo Nº 275/2013-RA Sucre, 30 de octubre de 2013
Expediente: Tarija 10/2013
Partes: Ministerio Público y otros c/ Orlando Suárez Gandarillas
Delitos: Incumplimiento de Deberes y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2013, cursante de fs. 340 a 345, la representante del Ministerio Público, Carla Patricia Oller Molina, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 36/2013 de 6 de septiembre de fs. 336 a 338 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Orlando Suárez Gandarillas, por la presunta comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados en los arts. 154 y 224 del Código Penal (CP) respectivamente
- Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 1)La recurrente, con una referencia inicial a los hechos que motivan la investigación, denuncia la
- Con la mención de los principios de legalidad, ley previa, ley escrita, ley cierta, la
- A lo expuesto, la recurrente alega que el Auto de Vista impugnado incurre en carencia
- Dentro de este motivo, la recurrente invoca los Autos Supremos 80 de 24 de mayo
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Finalmente, corresponde recordar que este Tribunal, de manera reiterada señaló que las Sentencias Constitucionales, no
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
