Del memorial que cursa de fs
b)Contra la mencionada Sentencia, Felipa Condori de Mayta, alegando derecho propietario sobre el bien confiscado, presentó recurso de apelación restringida (fs. 88 a 90), siendo resuelto mediante Auto de Vista 75/2012 de 19 de noviembre, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró inadmisible el recurso formulado por no haber sido parte en el proceso.
c)Notificada la recurrente con el Auto de Vista impugnado el 24 de julio de 2013 (fs. 175), interpuso el recurso de casación que es motivo de autos, en la misma fecha.
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 160 a 162, se extrae el siguiente motivo del recurso de casación:
La recurrente refiere que el Auto de Vista impugnado no absolvió los fundamentos de su apelación, lo que es vulneratorio de sus derechos y garantías constitucionales establecidos por el art. 115 de la Constitución Política del Estado (CPE), señalando sobre los argumentos esgrimidos por el Tribunal de alzada lo siguiente: Con relación a que no es querellante ni acusada, si bien es evidente que su persona no se constituyó en parte civil ni tiene la calidad de acusada; sin embargo, es legítima propietaria del vehículo confiscado, del que se encontraba en pacífica posesión, habiéndolo entregado al chofer ahora condenado, sin que ella sepa nada de los hechos ilícitos, viéndose ahora despojada de su herramienta de trabajo, estableciéndose en el Auto de Vista que, como no es querellante ni acusada no puede reclamar su devolución, sin considerar que es víctima directa del delito porque su derecho a la propiedad, establecido por el art. 56 de la CPE, se ve directamente afectado
- Por memorial presentado el 24 de julio de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial que cursa de fs
- Respecto a la inexistencia de legitimación activa y pasiva, reitera que es una víctima más
- Sobre la inhibitoria del Tribunal de alzada de ingresar a analizar los fundamentos de su
- Añade también, que este mismo entendimiento expresó el Vocal Dr
- Finalmente, solicita la admisión del recurso y se anule el Auto de Vista impugnado, disponiéndose
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurso de casación cumple con el
- La recurrente esencialmente denuncia que, el Tribunal de alzada no se pronunció sobre los fundamentos
- De lo anterior se tiene que si bien, la recurrente no cumple con los demás
- Se aclara con referencia a la SC 639/2001, que conforme dispone el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
