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    Auto Supremo AS/0283/2013-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0283/2013-RA

    Fecha: 31-Oct-2013

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    • Por memoriales presentados el 17, 19 y 23 de septiembre de 2013, cursantes de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c)Contra el mencionado Auto de Vista, la representante Fiscal, el FPS y el Alcalde Municipal
    • II.1. Recurso del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social
    • 1)Su representante denuncia que el Auto de Vista impugnado contradice la doctrina legal contenida en
    • 2)Agrega que, el Auto de Vista también contradice el precedente contenido en el Auto Supremo
    • 3)Finalmente, denuncia que el Auto de Vista impugnado, contradice la doctrina legal contenida en el
    • II.2. Recurso del Ministerio Público
    • 1)La representante fiscal argumenta que los fundamentos en que se basó el Auto de Vista
    • 2)Agrega que cuando el Tribunal de Sentencia impuso sanción al imputado Gualberto Cardozo, éste solicitó
    • 3)Bajo el acápite denominado “violación de garantías procesales y derechos fundamentales” (sic), la representante del
    • Por otra parte, con la cita previa de Sentencias Constitucionales, denuncia manifiesta falta de fundamentación
    • II.3. Recurso del Alcalde Municipal de El Puente
    • 1)Luego de realizar una relación de los antecedentes del proceso, de la Sentencia emitida y
    • 2)También denuncia que el Auto de Vista contradice la doctrina legal establecida en los Autos
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Así, de la revisión de los motivos extractados de los recursos, se tiene lo siguiente
    • Este Tribunal considera que en los tres motivos de su recurso, el representante del FPS,
    • IV.2. Recurso del Ministerio Público
    • En lo que respecta al recurso interpuesto por Carla Patricia Oller Molina, Fiscal de Materia,
    • Finalmente, cabe señalar que la recurrente cita varias Sentencias Constitucionales, sin considerar que este Tribunal
    • IV.3. Recurso del Alcalde Municipal de El Puente
    • Finalmente, en lo que respecta al segundo agravio extractado de su recurso, si bien el
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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