Auto Supremo AS/0283/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0283/2013-RA

Fecha: 31-Oct-2013

Así, de la revisión de los motivos extractados de los recursos, se tiene lo siguiente


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que los recursos de casación fueron presentados dentro del plazo de cinco días y ante la Sala que emitió la Resolución impugnada, cumpliendo de esta manera con el art. 417 del CPP; al advertirse de antecedentes que el 11, 12 y 16 de septiembre de 2013 conforme se advierte de las diligencias de fs. 902, el representante del FPS, el Ministerio Público y el Gobierno Municipal de El Puente fueron notificados con el Auto de Vista recurrido, siendo interpuestos los recursos de casación sujetos al presente examen de admisibilidad, el 17, 19 y 23 del mismo mes y año, respectivamente.

Ahora bien, luego del análisis correspondiente, en el acápite II de la presente Resolución, se consignaron todos los argumentos expuestos por los recurrentes, respecto a los cuales corresponde verificar el cumplimiento del requisito de fondo; es decir, la cita del precedente contradictorio y la explicación en términos claros y precisos referidos a la posible contradicción, puesto que es obligación de las partes dentro del presente recurso, cumplir con las exigencias establecidas en los arts. 416 y 417 del CPP, a objeto de obtener de este Tribunal, un pronunciamiento sobre el fondo de las cuestiones planteadas:

Así, de la revisión de los motivos extractados de los recursos, se tiene lo siguiente:

IV.1. Recurso del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social