En iguales condiciones, a fin de analizar el cumplimiento de los restantes requisitos de admisión,
En iguales condiciones, a fin de analizar el cumplimiento de los restantes requisitos de admisión, esta Sala observa que, en autos, los recurrentes, ya en una anterior oportunidad, interpusieron recurso de casación contra el Auto de Vista 20/2013 de 20 de mayo, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí resuelto por Auto Supremo 219/2013 de 30 de julio, pronunciado por la Sala Penal Primera de este Tribunal Supremo, que dejó sin efecto el Auto de Vista impugnado disponiendo se pronuncie nueva resolución conforme a la doctrina legal aplicable, previa labor de contraste entre la Resolución recurrida y los Autos Supremos 679 de 17 de septiembre de 2010 y 515 de 16 de noviembre de 2006, nuevamente invocados por los recurrentes como precedentes contradictorios, en cuyo mérito el Tribunal de apelación pronunció el Auto de Vista 41/2013 de 23 de septiembre
- Por memorial presentado el 4 de octubre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, los recurrentes formularon recurso de apelación restringida (fs
- c)Esta última Resolución, recurrida en casación (fs
- d)Con el anterior antecedente la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí,
- e)Notificados los imputados con el Auto de Vista recurrido el 27 de septiembre de 2013
- 1)Realizando un esbozo de la secuencia procesal emergente de la dictación del Auto de Vista
- 3)Dentro del planteamiento del tercer motivo, acusan valoración defectuosa de la prueba bajo los términos
- 4)Como cuarto motivo, los recurrentes reclaman la presunta contradicción existente entre el Auto de Vista
- 5)Bajo el rótulo de “LOS IMPUTADOS NOS HALLAMOS EXENTOS DE PENALIDAD” (sic), aseveran que el
- 6)Se extracta como sexto motivo, lo manifiesto en el punto VII del memorial de recurso
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En primer término respecto al plazo para la interposición del recurso, se tiene que los
- En iguales condiciones, a fin de analizar el cumplimiento de los restantes requisitos de admisión,
- Sin embargo, los argumentos del recurso de casación que se analiza, son iguales cuando no
- En cuanto al quinto motivo del recurso, el hecho de que los recurrentes sostengan una
- Dentro del sexto motivo traído en casación, se tiene el reclamo de los recurrentes de
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
