Auto Supremo AS/0549/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0549/2013

Fecha: 23-Oct-2013

Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº 549/2013
Fecha: Sucre, 23 de octubre de 2013
Expediente: 78/09 Santa Cruz
Parte acusadora : Mardony Gonzales Rocabado C/
Parte imputada : Julián Apaza Orellana
Delito : Despojo (art.351 del Código Penal)
Recurso: Casación
VISTOS: (Del recurso en cuestión)

El Recurso de Casación planteado por Julián Apaza Orellana de fs. 118 a 124 vta., impugnando el Auto de Vista de 24 de marzo de 2009 cursante a fs. 104 y 106 vta., de obrados pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Mardony Gonzáles Rocabado contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal, los antecedentes de la causa; y,
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la acusación particular de fs. 23 a 24 vta., previa la sustanciación del juicio oral, el Juzgado Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Sentencia N° 17/08 de 11 de diciembre de 2008 (fs. 78 a 82 vta.), declaró a Julián Apaza Orellana, autor y culpable del hecho ilícito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal, condenándolo a la pena privativa de libertad de 2 años y 6 meses de reclusión a cumplir en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz (Cárcel de Palmasola) con costas a calificarse en ejecución de sentencia