Auto Supremo AS/0632/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0632/2013

Fecha: 08-Oct-2013

No siendo excusable el yerro cometido, se impone la multa de Bs

No siendo excusable el yerro cometido, se impone la multa de Bs. 100.- (Cien 00/100 Bolivianos), al a quo y al Tribunal ad quem, por la manifiesta inobservancia de la normativa descrita